Causa Díaz Bessone: La fiscalía repasó la prueba por imputado
El fiscal Gonzalo Stara concluyó este lunes con el repaso de las pruebas por imputado en el juicio contra una parte de patota de Agustín Feced que operó durante la dictadura en el Servicio de Informaciones de la policía de Rosario (SI). Tras describir la cuantiosa evidencia acumulada contra los policías Mario Marcote, Ramón Vergara y José Scortechini, Stara consideró que hay causas “exculpantes y eximientes” de la conducta del ex militante acusado de colaboracionista, Ricardo Chomicky. En la puerta del tribunal, los organismos de derechos humanos recordaron a los militantes de la Juventud Peronista asesinados el 17 de octubre de 1976, en el operativo conocido como la Masacre de los Surgentes.
En el marco del juicio Díaz Bessone, que se lleva adelante en el Tribunal Oral Federal Nº 2 de Rosario (TOF2), y en la quinta semana de su alegato ‒acusación final‒, el fiscal Stara terminó este lunes de repasar la prueba acumulada durante toda la etapa investigativa y la presentada a lo largo del proceso oral y público en curso desde junio del año pasado.
Luego de referirse a la importante evidencia que prueba la participación en los delitos de lesa humanidad cometidos en el SI por Marcote, Vergara y Scortechini ‒los casos de Díaz Bessone y Lofiego fueron detallados la semana pasada‒, Stara fundamentó lo que consideró las causas exculpatorias y eximientes de la conducta del imputado Ricardo Chomicky ‒el ex militante montonero acusado de “colaboracionista” por varios de los sobrevivientes del centro clandestino de detención que funcionó en la ex jefatura de la policía rosarina‒.
El fiscal remarcó la condición de víctima de Chomicky y explicó que, por lo que surge de la causa, por los dichos del propio Chomicky y por resoluciones del juzgado de Instrucción y la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, el acusado "fue secuestrado en diciembre de 1976" por un grupo de tareas de la dictadura. Stara recordó además que por esas resoluciones judiciales Lofiego y Marcote están procesados por “privación ilegítima de la libertad y tormentos” contra Comicky.
El fiscal se refirió a la falta de libertad y a las condiciones que existían en el SI, y remitió a un documento de la Procuración General de la Nación ‒cabeza de todos los fiscales federales del país, conducido por Esteban Righi‒, en el que se fundamenta por qué no se debe acusar en casos como el de Chomicky.
Luego Stara pasó a detallar la calificación legal de los hechos y describió los delitos que cometieron los imputados en el SI, entre los que incluyó “privación ilegítima de la libertad”, “homicidio agravado”, “homicidio agravado” y “tormentos”.
Además el fiscal fundamentó por qué los delitos deben ser considerados de “lesa humanidad”, y se detuvo en la consideración de la figura de “genocidio”.
En ese punto, el presidente temporal del tribunal, Jorge Venegas Echague, anunció un cuarto intermedio hasta las 9.30 de este martes, y solicitó “puntualidad para que el fiscal pueda concluir con su alegato”.
Acto por la Masacre de los Surgentes
Fuera del tribunal, desde las 11 de la mañana, querellantes, testigos, familiares de desaparecidos y diversas organizaciones de derechos humanos y sociales ‒nucleados en el espacio Juicio y Castigo‒, realizaron un homenaje a los siete jóvenes detenidos del SI que aparecieran acribillados en la localidad cordobesa de Los Surgentes un 17 de octubre de 1976.
En el juicio se están juzgando los secuestros de cuatro de las siete víctimas de la denominada Masacre de Los Surgentes, mientras que los casos de los otros tres fusilados quedaron fuera de esta etapa oral por una polémica “razón” jurídica ‒que fuera cuestionada la semana pasada por el Fiscal Stara‒.
Las que sí fueron incluidas en este proceso son las privaciones ilegítimas de la libertad de Analía Murgiondo, Eduardo Felipe Laus, José Antonio Oyarzábal y Daniel Oscar Barjacoba. Los casos que no fueron elevados en este juicio, y que formaron parte del mismo operativo, son los de los militantes Cristina Costanzo, María Cristina Márque y Sergio Abdo Jalil.
Francisco Oyarzabal (hermano del asesinado José Antonio), y los sobrevivientes del SI Eduardo Pérez Rizzo y Juan Pablo Bustamante, recordaron los “sueños de una patria para todos por los que dieron la vida” los jóvenes asesinados, y “la alegría con la que cotidianamente se comprometían en la lucha por la construcción de una sociedad solidaria, igualitaria y sin exclusiones”.
“No fue una casualidad que los asesinaran un 17 de octubre, estos compañeros que tenían nombre y apellido, y también tenían una identidad política: eran peronistas y montoneros”, indicó, megafono en mano, el Cabezón Pérez Rizzo.
Por su parte Héctor Chinche Medina (Familiares) y Juane Basso (HIJOS) reclamaron al tribunal que “termine con las dilaciones permanentes que hacen interminable el juicio” y exigieron una vez más la “detención de los represores que siguen este proceso en libertad”. Los organismos plantearon que no van a tolerar que “el día de la sentencia los genocidas sean condenados por terribles delitos de lesa humanidad, y al mismo tiempo salgan caminando libremente de los tribunales”.
En el marco del juicio Díaz Bessone, que se lleva adelante en el Tribunal Oral Federal Nº 2 de Rosario (TOF2), y en la quinta semana de su alegato ‒acusación final‒, el fiscal Stara terminó este lunes de repasar la prueba acumulada durante toda la etapa investigativa y la presentada a lo largo del proceso oral y público en curso desde junio del año pasado.
Luego de referirse a la importante evidencia que prueba la participación en los delitos de lesa humanidad cometidos en el SI por Marcote, Vergara y Scortechini ‒los casos de Díaz Bessone y Lofiego fueron detallados la semana pasada‒, Stara fundamentó lo que consideró las causas exculpatorias y eximientes de la conducta del imputado Ricardo Chomicky ‒el ex militante montonero acusado de “colaboracionista” por varios de los sobrevivientes del centro clandestino de detención que funcionó en la ex jefatura de la policía rosarina‒.
El fiscal remarcó la condición de víctima de Chomicky y explicó que, por lo que surge de la causa, por los dichos del propio Chomicky y por resoluciones del juzgado de Instrucción y la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, el acusado "fue secuestrado en diciembre de 1976" por un grupo de tareas de la dictadura. Stara recordó además que por esas resoluciones judiciales Lofiego y Marcote están procesados por “privación ilegítima de la libertad y tormentos” contra Comicky.
El fiscal se refirió a la falta de libertad y a las condiciones que existían en el SI, y remitió a un documento de la Procuración General de la Nación ‒cabeza de todos los fiscales federales del país, conducido por Esteban Righi‒, en el que se fundamenta por qué no se debe acusar en casos como el de Chomicky.
Luego Stara pasó a detallar la calificación legal de los hechos y describió los delitos que cometieron los imputados en el SI, entre los que incluyó “privación ilegítima de la libertad”, “homicidio agravado”, “homicidio agravado” y “tormentos”.
Además el fiscal fundamentó por qué los delitos deben ser considerados de “lesa humanidad”, y se detuvo en la consideración de la figura de “genocidio”.
En ese punto, el presidente temporal del tribunal, Jorge Venegas Echague, anunció un cuarto intermedio hasta las 9.30 de este martes, y solicitó “puntualidad para que el fiscal pueda concluir con su alegato”.
Acto por la Masacre de los Surgentes
Fuera del tribunal, desde las 11 de la mañana, querellantes, testigos, familiares de desaparecidos y diversas organizaciones de derechos humanos y sociales ‒nucleados en el espacio Juicio y Castigo‒, realizaron un homenaje a los siete jóvenes detenidos del SI que aparecieran acribillados en la localidad cordobesa de Los Surgentes un 17 de octubre de 1976.
En el juicio se están juzgando los secuestros de cuatro de las siete víctimas de la denominada Masacre de Los Surgentes, mientras que los casos de los otros tres fusilados quedaron fuera de esta etapa oral por una polémica “razón” jurídica ‒que fuera cuestionada la semana pasada por el Fiscal Stara‒.
Las que sí fueron incluidas en este proceso son las privaciones ilegítimas de la libertad de Analía Murgiondo, Eduardo Felipe Laus, José Antonio Oyarzábal y Daniel Oscar Barjacoba. Los casos que no fueron elevados en este juicio, y que formaron parte del mismo operativo, son los de los militantes Cristina Costanzo, María Cristina Márque y Sergio Abdo Jalil.
Francisco Oyarzabal (hermano del asesinado José Antonio), y los sobrevivientes del SI Eduardo Pérez Rizzo y Juan Pablo Bustamante, recordaron los “sueños de una patria para todos por los que dieron la vida” los jóvenes asesinados, y “la alegría con la que cotidianamente se comprometían en la lucha por la construcción de una sociedad solidaria, igualitaria y sin exclusiones”.
“No fue una casualidad que los asesinaran un 17 de octubre, estos compañeros que tenían nombre y apellido, y también tenían una identidad política: eran peronistas y montoneros”, indicó, megafono en mano, el Cabezón Pérez Rizzo.
Por su parte Héctor Chinche Medina (Familiares) y Juane Basso (HIJOS) reclamaron al tribunal que “termine con las dilaciones permanentes que hacen interminable el juicio” y exigieron una vez más la “detención de los represores que siguen este proceso en libertad”. Los organismos plantearon que no van a tolerar que “el día de la sentencia los genocidas sean condenados por terribles delitos de lesa humanidad, y al mismo tiempo salgan caminando libremente de los tribunales”.